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El Foro Jurídico del Casino de Agricultura analiza los límites entre la actividad de lobby y el tráfico de influencias.

El Casino de Agricultura de Valencia acogió una nueva edición de su Foro Jurídico bajo el título «Lobbies y tráfico de influencias: ¿Dónde están los límites?», una jornada que reunió a destacados profesionales del ámbito jurídico, político y de las relaciones institucionales para debatir sobre una cuestión de máxima actualidad.

La sesión fue moderada por Vicente Boluda Crespo, socio director de Zapata Boluda Abogados, y contó con la participación de Pablo Ponce Martínez, Fiscal Delegado de la Fiscalía Anticorrupción en Valencia; Juan Ivars Lleó, Director General de OmnicomPRGroup y miembro de APRI; Noelia Capapé Ortega, consultora de comunicación política y asuntos públicos; y Susana Boix Valebona, abogada, politóloga y presidenta de AVAPOL.

El debate se inició con la intervención de Pablo Ponce Martínez, quien explicó los elementos que configuran el delito de tráfico de influencias en el Código Penal. El fiscal destacó que este tipo penal persigue aquellas conductas encaminadas a obtener un beneficio económico mediante la influencia ejercida sobre un funcionario público, pudiendo producirse tanto entre particulares y funcionarios como entre los propios funcionarios. Asimismo, subrayó la dificultad probatoria de este tipo de delitos, señalando que resulta excepcional que un funcionario reconozca haber recibido contraprestaciones o regalos a cambio de determinadas actuaciones.

Desde la perspectiva de los asuntos públicos, Juan Ivars defendió la función legítima de los lobbies dentro de una sociedad democrática, diferenciándola claramente de las relaciones personales o de favor. Explicó que la actividad de lobby responde a la defensa de intereses colectivos y sectoriales, desarrollándose de forma profesional y transparente. En este sentido, lamentó la escasa regulación existente en España en comparación con las instituciones de la Unión Europea, donde la actividad cuenta con marcos normativos y registros mucho más desarrollados.

Por su parte, Noelia Capapé puso de relieve la singularidad del caso valenciano, recordando que la Comunitat Valenciana dispone de mecanismos avanzados en materia de transparencia que obligan a identificar las reuniones mantenidas con responsables públicos, así como los asistentes, los intereses representados y los asuntos tratados, reforzando así la trazabilidad de la actividad de influencia, cosa que la normativa estatal no ha desarrollado todavía. Además puso en relieve la dificultad de conseguir acceder a los estamentos públicos para ejercer la profesión con mayor facilidad.

Noelia Capapé, Pablo Ponce, Javier Muñoz, Vicente Boluda, Epifanio Pérez, Susi Boix, Lluís Bertomeu, Juan Ivars

Susana Boix incidió en la necesidad de distinguir entre la figura del denominado “conseguidor” y la del profesional de las relaciones institucionales. En este sentido, destacó la importancia de la ética profesional y recordó la existencia de iniciativas como el decálogo del buen lobista, orientadas a dignificar y poner en valor una actividad que, correctamente desarrollada, contribuye a mejorar la calidad democrática y la participación de los distintos sectores sociales en los procesos de toma de decisiones.

Durante el turno de preguntas se abrió un interesante debate sobre las denominadas “puertas giratorias” y el papel de los responsables públicos una vez abandonan sus cargos. Los ponentes reflexionaron sobre la conveniencia de establecer mayores limitaciones o períodos de incompatibilidad para evitar que la experiencia institucional y la red de contactos adquirida durante el ejercicio de responsabilidades públicas puedan utilizarse posteriormente en beneficio de intereses privados.

En este punto, Pablo Ponce manifestó su opinión de que los cargos públicos deberían regresar a sus profesiones de origen una vez finalizada su etapa política, evitando aprovechar la agenda de contactos generada durante el desempeño de sus funciones. Esta reflexión dio pie a un intercambio de opiniones sobre diversos casos de actualidad y sobre los desafíos éticos que plantea la relación entre política, influencia y actividad privada.

La jornada concluyó con una reflexión sobre la configuración actual del delito de tráfico de influencias. El fiscal destacó que las penas previstas en el Código Penal, que pueden alcanzar los dos años de prisión, generan un intenso debate sobre su capacidad disuasoria efectiva, especialmente en aquellos supuestos en los que los beneficios económicos obtenidos pueden resultar muy superiores a las consecuencias penales finalmente impuestas. El foro volvió a poner de manifiesto la importancia de diferenciar entre la legítima representación de intereses y aquellas conductas que pueden traspasar los límites de la legalidad, ofreciendo a los asistentes una visión plural y enriquecedora sobre una materia de creciente relevancia.

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