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Absuelven al presidente de la inmobiliaria Crein y a una exsocia del fraude con el IRPF

EL JUEZ NO CONSIDERA PROBADO QUE SIMULASEN PRÉSTAMOS PARA ELUDIR EL PAGO DE TRIBUTOS

El procedimiento iniciado en 2016 con el presidente de la inmobiliaria valenciana Crein, Juan José Galiano, y su exsocia (S.D.M.) como acusados por un posible delito contra la Hacienda Pública en relación al IRPF ha tocado prácticamente a su fin. El juzgado de lo Penal número 2 de Valencia ha absuelto a ambos poco más de una semana después de la celebración del juicio. 

Como informó Valencia Plaza, los hechos que dieron comienzo a la investigación -y los cuales fueron detectados por la Inspección- se produjeron en 2010 y 2011, cuando, según el escrito de calificación de la Fiscalía, la que fuera empleada del grupo presentó las declaraciones del IRPF “sin incluir la totalidad de ingresos como retribución de su trabajo” al “simular una concesión de préstamos” -los cuales le había otorgado Galiano- por valor de unos 2,5 millones de euros durante esos dos ejercicios.

Estas cantidades, señalaba el Ministerio Público, no fueron realmente obtenidas en concepto de préstamo, sino que “se trató de una incorporación de fondos a su patrimonio como retribución de trabajo”. Unas ganancias que, al no figurar en la autoliquidación del IRPF, provocaron una pérdida de ingresos para Hacienda de 441.404 y 603.149 euros entre 2010 y 2011.

En el juicio del pasado 10 de noviembre, la Fiscalía rebajó su petición de condena respecto a la exsocia de Crein de los 5 años y medio de prisión al año y siete meses (además de una multa) por atenuante de reconocimiento de los hechos y de reparación parcial de daño causado -consignó 300.000 euros ante el juzgado-. Solicitud a la que se adhirió la defensa de la acusada ejercida por José Antonio Choclán. En el caso del presidente de Crein, mantuvo los seis años y medio de cárcel como cooperador necesario y la multa, mientras su abogado, Andrés Zapata, pedía la absolución. 

Durante la declaración, De Maré reconoció su culpabilidad. Explicó que la suma aproximada de 900.000 euros que recibió de la entidad Urbimetro -representada por Galiano- mediante la suscripción de contratos de préstamo formaban parte de una suerte de comisión de alrededor del 1,5% por la intermediación en la creación de la sociedad Martibalsa con un capital social de 300 millones de euros. Una operación que “llegó a buen puerto” y en la cual también se implicó, comentó, el empresario Enrique Bañuelos. La sociedad, también participada en su día por Vicente Cotino, pasó a manos del presidente de Crein. “Se hizo de tal forma que Galiano tuvo el control y todos los gastos los pagó la otra parte, que era Bañuelos”, añadió.

Las cantidades no las devolvió porque, dijo, cumplió con la intermediación en esa operación. Y tampoco las declaró. “Soy consciente de que no lo hice y me arrepiento cada día”, afirmó. A lo que añadió que Galiano tan solo le reclamó el dinero después de que interviniera la Agencia Tributaria en la inspección del 2016.

Por su parte, el presidente de Crein, en un relato de lo ocurrido muy diferente al anterior, mantuvo su inocencia y argumentó que los 2,5 millones que le concedió entre 2010 y 2011 se debieron a peticiones de ella por varios motivos. Unos personales y otros profesionales. Aseguró, por ejemplo, que le pidió dinero para un tratamiento de ELA (esclerosis lateral amiotrófica) y de cáncer testicular de su marido, y también para otro cáncer de tiroides que padecía ella.

Un macrogrupo de comunicación con MAR

La parte más llamativa de su versión fue en la que detalló que le concedió importantes cantidades porque ella quería invertir “en un supuesto macrogrupo de comunicación en el que iba a entrar de la mano de Miguel Ángel Rodríguez” (conocido como MAR, actualmente es el jefe de Gabinete de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, pero en su prolija trayectoria ha ocupado cargos como portavoz del Gobierno o secretario de Estado de Comunicación). 

Ese macrogrupo al que se refería era, al parecer, el resultante de la fusión de Antena 3 con La Sexta. “Las cantidades que le doy a (S.D.M.) eran necesarias para que entrara en el accionariado de Antena 3, pero me avisó de que lo llevaba todo con mucho secreto porque no se podía saber que estaba ni con MAR ni con alguien más. Igual me podía pedir 180.000 euros para un yet privado para ir a París y que así no trascendiera. Le entrego el dinero porque puede haber una persona de mi absoluta confianza en un gran grupo mediático de este país y veo perspectivas de negocio en mitad de la crisis. También podía ser importante para posicionar la imagen de mi empresa”, explicó. 

En su intervención afirmó que (S.D.M.) llegó a decirle que era “espía del CNI” y remarcó que los préstamos de los años 2009, 2010 y 2011 se declararon oportunamente.

Por último, en el juicio se dio lectura a la declaración que prestó Enrique Bañuelos -quien no acudió ante la imposibilidad de localizarlo- en el juzgado de Instrucción en 2017, en la que explicó que le dio un préstamo a (S.D.M.) después de que ésta le comentara que necesitaba un tratamiento contra el cáncer, pero negó que fuera intermediaria en la operación de Martibalsa

“No hay mención alguna a la intermediación en Martibalsa”

Después de analizar las versiones de cada uno en el juicio y de lo investigado desde 2016, el juez concluye que lo expuesto por (S.D.M.) no se avala con elementos más allá de sus palabras. Si bien es cierto que Martibalsa se constituye por un valor de 300.000 millones de euros, no hay “mención alguna”, indica la sentencia, a su intermediación, negociación de porcentaje, forma de cobro del mismo, conversaciones con los intervinientes, peritación en la que apareciese ella, etc. “Nada, ni un sencillo mensaje que aluda, bien a su actuación profesional en tal operación, al pacto de una comisión o porcentaje o al pago. De hecho, hasta el propio Enrique Bañuelos dice que no lo fue”, destaca la resolución. 

 “No resulta congruente que, si fueran las cantidades realmente obedientes a una retribución laboral fraccionada durante los años 2010,2011 y 2012, (S.D.M.) tuviera que pedir prestados 400.000 euros a Enrique Bañuelos en ese periodo, dinero que aún adeuda al mismo. Ni tampoco que, percibiendo aquellas sumas de Urbimetro y de Juan José Galiano, ella tuviera que darle al último 21.550 euros en junio de 2012 porque éste carecía de liquidez o que le compensara 75.000 euros de la venta de una vivienda”, sostiene el juez. 

En la sentencia, hace hincapié en el contenido de los mensajes cruzados entre los acusados, especialmente los previos y posteriores a la querella interpuesta por Galiano contra su exsocia. En ellos, se muestra cómo (S.D.M.) adeuda a Galiano las sumas prestadas. 

En ninguno de los casos, comenta el juez, se ha acreditado “la realidad del cáncer que se dice padecido” por (S.D.M.) o por el que fuera su esposo, ni que este último tuviera ELA. 

Por último, apunta el juez que en la querella de Galiano contra (S.D.M.) por delito de estafa reclamaba hasta 2.533.050 euros, resultando más gravosa que la pena solicitada por la Fiscalía, donde la responsabilidad civil asciende a 1.044.553,93 euros y la de prisión no supera los dos años. 

En definitiva, señala la sentencia, “no queda acreditada la tesis de las acusaciones” ni que se simulasen contratos de préstamo para eludir el pago de tributos por IRPF en los ejercicios 2010 y 2011. “Sin necesidad de entrar en otras disquisiciones relativas a si en su caso serían ganancia patrimonial o donación encubierta”, el juez dicta la libre absolución de los acusados y declara las costas de oficio. Contra el fallo cabe recurso de casación ante la Audiencia Provincial. 


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